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Opinión cualificada

Valoración de la ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo después de un año: situación actual y expectativas futuras, ¿conseguiremos los mismos resultados que el resto de Europa?a

Autor: Toledo Pallarés, Javier

Visto en perspectiva histórica, la Ley 28/2005 ha supuesto, sin duda, un hito histórico en nuestro país en las políticas de prevención y control del tabaquismo. Pero, a la vez, esta ley ha dejado algunas cuestiones no resueltas, bien por no haber sido planteada, o porque su planteamiento no ha sido el adecuado. Lo que ahora toca es reconocer las oportunidades perdidas y convertirlas en nuevos avances que vengan a resolver esas cuestiones o a incorporar nuevas líneas de acción.

Entre los avances más notables, destacan la política de espacios sin humo en el lugar de trabajo y otros espacios públicos, al margen de la hostelería, y la casi total desaparición de la publicidad. Se ha conseguido, además, que el tabaquismo esté en la agenda política (aunque no siempre de forma adecuada) y es evidente también que la sociedad está cada vez más y mejor informada y que la industria tabaquera tiene cada vez menos margen de maniobra para manipular a la información pública.

Sin embargo, hay que reconocer que con esta ley se han cometido algunos errores. A pesar de reconocer en su parte expositiva que el humo de tabaco es causa de cáncer en personas expuestas al mismo, ha regulado el consumo de tabaco en función de la actividad que se desarrolla en los espacios cerrados en lugar de regular el contaminante en sí. Viene a ser como declarar aceptable la presencia de amianto, encuadrado en el mismo grupo de agentes carcinógenos en el que está el humo de tabaco, en determinados espacios de convivencia.

En el ámbito de la hostelería, siguiendo las presiones de parte del sector, muy apoyado desde la industria tabaquera, se ha planteado una situación que requiere de una profunda y urgente revisión que haga que la misma no se enquiste o incluso empeore. Es evidente que algunos pasos se han dado, pero no ha sido de manera uniforme ni igualitaria, ni para el trabajador ni para el empresariado. Es más, excepto en los pocos lugares libres de humo, la situación del trabajador ha empeorado al haberse trasladado el consumo prohibido en la oficina al bar, muchas veces de forma compulsiva.

La política más congruente a aplicar en los espacios de ocio y restauración es la adoptada en Irlanda en 2004, prohibiendo el consumo en cualquier lugar de trabajo sin distinción en función del sector. Esta alternativa conlleva cuatro características clave: 1) Eficaz protección de trabajadores y usuarios; 2) No provoca distorsiones entre los empresarios al no diferenciar los establecimientos en los que se fuma o no; 3) No se provocan pérdidas económicas; 4) Se contribuye de una forma clara a disminuir la aceptación social del tabaco.

En caso de no adoptar la opción irlandesa, admitiendo la tesis de que el consumo de tabaco en el ámbito del ocio puede requerir políticas distintas a las adoptadas en otros lugares de trabajo, la legislación no debería crear desigualdades hacia los trabajadores, ni entre los empresarios, ni plantear serias dificultades en su aplicación, como es el caso de la actual ley española. Estas políticas distintas pueden adoptar otras tantas alternativas. Algunos países permiten la habilitación de espacios para fumar en los que no se sirven ni alimentos ni bebidas, como es el caso de Suecia. Otros, como ha anunciado Francia, implementarán la prohibición total de fumar en la hostelería en un tiempo posterior al del resto de lugares de trabajo, pero sin distinciones.

El problema que la legislación española plantea en la hostelería no sólo tiene que ver con una inadecuada protección del trabajador y los usuarios (dado que en muchos casos no hay lugares sin humo que elegir), sino que se agrava al carecer de definiciones claras en conceptos fundamentales como “superficie útil para clientes”, “doble actividad” o las propias características técnicas de las zonas habilitadas para fumar. Como consecuencia, hemos asistido a un desigual desarrollo reglamentario en distintas comunidades autónomas que más parece tener que ver con un uso político de dichos reglamentos que con una eficaz protección de la salud de la población.

Sin duda la ley ha tenido resultados buenos que se reflejan en un descenso del consumo y la venta, una casi extinguida exposición al humo en espacios laborales (excepto en la hostelería), un mejor control del acceso a menores y una desaparición casi total de la publicidad que será casi completa cuando se lleven a cabo los ajustes que la Unión Europea ha requerido a España en relación con la publicidad en los eventos del motor.

Las medidas de prevención del tabaquismo, de promoción de la salud y de facilitación de la deshabituación tabáquica que la ley contempla en su capítulo 4 se vienen desarrollando en mayor o menor medida por las distintas CC.AA y la Administración central, pero de forma poco coordinada. Ya hubo un intento previo mediante la aprobación del Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo 2003-2007, cuyas estructuras fueron publicadas en el BOE en 2003, pero que quedó en el tintero tras el cambio político. Algo que sí que hay que reconocer es que desde la Administración central, durante los últimos tres años se ha venido transfiriendo dinero en cantidades importantes a las CC.AA para el desarrollo de acciones en tabaquismo.

Para estar en sintonía con los avances que se están llevando a cabo en nuestro entorno, deberían, en consecuencia, realizarse algunos ajustes que podrían resumirse en:
–  Considerar los espacios de hostelería como un ámbito laboral normal eliminando el consumo en este sector. Esto no sería difícil, dado que muy pocos establecimientos han llevado a cabo inversiones de importancia en las adaptaciones. En todo caso, se podría llevar a cabo una política de incentivos fiscales para recuperar el coste de esas inversiones. Muchos hosteleros entienden, además, que esta es la política de futuro.
–  Una política de impuestos que haga que el tabaco sea un producto poco atractivo vía precio, especialmente para los más jóvenes.
–  Incorporar imágenes a las advertencias sanitarias aprobadas por la Unión Europea.
–  Desarrollar campañas de información para público general haciendo un espacial énfasis en contrarrestar las estrategias de la industria tabaquera.
–  Incrementar recursos asistenciales y de prevención.
–  Implementar una total prohibición de la publicidad y patrocinio del tabaco.

El argumento de que una ley no puede cambiarse en un plazo tan corto de tiempo no se sostiene cuando la ley se cambió apenas un mes después de su entrada en vigor para permitir de nuevo su venta en quioscos (por cierto, sin definir qué se entiende por ese concepto).

En fin, el recientemente establecido Observatorio para el Control del Tabaco previsto en la ley, que cuenta con la participación de la Administración, las sociedades científicas y agentes sociales, tiene retos importantes por delante si queremos estar en los países de cabeza en el control de esta epidemia.

 

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